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Principio de Igualdad y No Discriminación

El Principio de Igualdad y No Discriminación:

  • Obliga a los Estados partes a garantizar el ejercicio de los derechos sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento, discapacidad física o mental, estado de salud (incluido el VIH/SIDA), orientación sexual, estado civil o cualquier otra condición política, social o de otro tipo.
  • Obliga a los Estados a proteger a las personas frente a prácticas o conductas discriminatorias por parte de terceras personas, sean agentes públicos o actores no estatales. Asimismo, implican prestar la debida atención a la situación particular de las personas y grupos en situación de discriminación o exclusión.

El rol del Estado

A través de la política pública, el Estado debe identificar los problemas estructurales que mantienen en situación de desventaja a estos grupos o sectores en relación con el ejercicio de sus derechos para la elaboración de políticas públicas que respondan a ello, estableciendo medidas especiales de protección (o tratos diferenciados) que aseguren el ejercicio de derechos para todos y todas, y eliminando las estructuras de discriminación.